miércoles, 25 de julio de 2012

Subvenciones a cortos de la Comunidad de Madrid

Se ha abierto el plazo para presentar proyectos de cortometraje(de ficción, animación o documentales) a las ayudas a la produccion de la Comunidad de Madrid. Se concederán a personas físicas o jurídicas, titulares de empresas de producción cinematográfica. Los cortometrajes deberán estar acabados antes del día 15 de diciembre de 2012. Se considerarán períodos subvencionables entre el 1 de enero y el 14 de diciembre de 2012 para los cortometrajes de ficción y entre el 1 de junio de 2011 y 14 de diciembre de 2012 para los de animación y documentales. Las películas tendrán obligatoriamente un resultado final de realización en soporte cinematográfico de 35 milímetros o en máster DCP 2K en disco duro, con una duración mínima de cinco minutos y máxima de treinta.


Para la valoración de los proyectos y consiguiente elaboración de la propuesta se tendrán en consideración los siguientes ámbitos, previamente baremados:
1. Interés cultural del proyecto presentado, hasta 18 puntos. Se tendrá en cuenta: — El guión (estructura, perfil de personajes y desarrollo de tramas), hasta 6 puntos. — Memoria del proyecto (aspectos artísticos y técnicos, así como el criterio de puesta en escena), hasta 6 puntos. — Novedad de la propuesta (originalidad y posible repercusión cultural), hasta 6 puntos.
2. Viabilidad del proyecto, hasta 12 puntos. — Se tendrá en cuenta la adecuación del proyecto a la previsión presupuestaria, hasta 4 puntos. — La adecuación del plan de producción a las características del proyecto, hasta 4 puntos. — Plan de financiación, hasta 4 puntos.
3. Trayectoria profesional, hasta 8 puntos. — Valoración en producción y gestión de la empresa, o de sus componentes, hasta 4 puntos. — Valoración de las producciones realizadas y de su repercusión, hasta 4 puntos.
4. Formación cinematográfica y trayectoria profesional de director y guionista, hasta 6 puntos.
5. Formación cinematográfica y trayectoria profesional de los equipos técnico y artístico, hasta 6 puntos.

Para una mejor apreciación de las circunstancias anteriormente establecidas, podrá recabarse de los solicitantes cuantos datos se consideren precisos. Los interesados contarán, para su cumplimentación, con un plazo de diez días a partir de la notificación del correspondiente requerimiento. A los interesados que no cumplan con tal requerimiento se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente. La determinación de la cuantía a conceder se efectuará de manera proporcional a la puntuación total obtenida de acuerdo a una escala prevista en la convocatoria, y que va de 3.000€ a 28.000€.

No se adjudicarán ayudas por un importe superior al 30 por 100 del presupuesto total del proyecto.

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